Fuente: Colegio de Economistas de Ourense
29/07/2015
Esta Ley se estructura en diez artículos, agrupados en dos títulos, seis disposiciones adicionales, cuatro disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y veintiuna disposiciones finales.
El título I, bajo la rúbrica «Medidas urgentes para la reducción de la carga financiera»,
El título II, «Otras medidas de orden social».
Las disposiciones adicionales primera a cuarta complementan las modificaciones introducidas por su Título I, al regular las funciones de mediación concursal, la remuneración del mediador concursal, la no preceptividad de la representación del deudor en el concurso consecutivo o la aplicación informática destinada a actuar a modo de medidor de solvencia. En la disposición adicional quinta se regula el impulso y coordinación de la negociación colectiva y en la sexta el informe de evaluación del funcionamiento de la cuenta de garantía arancelaria.
Respecto a las disposiciones transitorias, la primera de ellas establece el régimen transitorio en materia concursal mientras que en la segunda se prevé el régimen aplicable a la contratación indefinida formalizada con anterioridad al 1 de marzo de 2015. En la tercera se hace referencia al arancel de derechos de los administradores concursales y en la cuarta al régimen transitorio de pago con cargo a la cuenta de garantía arancelaria.
La disposición derogatoria se refiere a cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta Ley, y las disposiciones finales establecen determinadas modificaciones legislativas, el título competencial, las habilitaciones para el desarrollo, ejecución y aplicación de la Ley y su entrada en vigor.
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