Fuente: Colegio de Economistas de Ourense
05/08/2015
Según la normativa vigente, los auditores inscritos en el ROAC (Registro Oficial de Auditores de Cuentas) como ejercientes deben realizar anualmente formación obligatoria (intervalo de cómputo entre el 1 de octubre y el 30 de septiembre de cada año).
Los auditores deben tener completadas 120 horas en el trienio (85 horas, al menos, en auditoría y contabilidad) y 30 horas mínimas cada año (20 horas, al menos, en auditoría y contabilidad).
El incumplimiento de esta obligación se considerará infracción grave, que conllevará una de las siguientes sanciones:
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